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jueves, 16 de julio de 2015

Cómo retirar Dinero de tu AFORE cuando estás desempleado !


¿Qué es?

Es el trámite por medio de cual puedes retirar una parte de los recursos acumulados en tu cuenta individual cuando te encuentras desempleado.

¿Qué requisitos debo cumplir para hacer un retiro parcial por desempleo?
  • Haber transcurrido por lo menos 46 días desde que quedaste desempleado.
  • Tu cuenta individual debe tener al menos:
    • 3 años de haber sido abierta y un mínimo de 2 años de cotización acreditados en la misma, o bien,
    • 5 años de haber sido abierta.
¿Cada cuándo puedo acceder a este beneficio?

Cada cinco años.

¿Qué implicaciones tiene el realizar un retiro parcial por desempleo?

Si retiras de tu cuenta AFORE, ocurrirán dos cosas:
  • Se reducirá el monto de tu ahorro.
  • Se te descontarán semanas de cotización, lo cual impactará negativamente en la posibilidad de alcanzar una pensión.

¿Cómo se tramita el retiro parcial por desempleo?

Debes acudir a la AFORE que administra tu cuenta individual y llenar la Solicitud de Retiro Parcial por Desempleo que te proporcionará tu AFORE. Lleva contigo la siguiente documentación:
  • Identificación oficial
  • CURP
  • Algún documento en donde aparezca tu Número de Seguridad Social
  • Estado de cuenta del banco con Clave Bancaria Estandarizada (CLABE), en donde desees que se depositen los recursos que te correspondan (opcional)
La AFORE enviará tu información al IMSS en un plazo máximo de 10 días hábiles para que este instituto verifique si tienes derecho a disponer de los recursos.

Una vez que el IMSS le certifique a la AFORE tu derecho al retiro parcial por desempleo, ésta deberá entregarte los recursos en un máximo de 5 días hábiles.

¿Cuánto puedo retirar?

De acuerdo con la Ley del Seguro Social existen dos tipos de retiro:

A. Si tu cuenta individual tiene al menos 3 años de haber sido abierta y tiene un mínimo de 2 años de cotización al IMSS, puedes retirar en una sola exhibición un monto igual a 30 días de tu último Salario Base de Cotización (con un límite de 10 veces el salario mínimo mensual general que rija en el Distrito Federal).

B. Si tu cuenta individual tiene 5 años o más de haber sido abierta, tienes derecho a retirar lo que resulte menor entre 90 días de tu Salario Base de Cotización de las últimas 250 semanas cotizadas o las que tuvieses, o el 11.5% del saldo de la subcuenta de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV).


En este caso, la AFORE deberá realizar el pago de los recursos que correspondan en 6 mensualidades, para lo cual podrás elegir entre las siguientes opciones:
  • Que las 6 mensualidades que se te depositen sean iguales.
  • Que el primer pago sea por un monto equivalente a 30 días de tu último Salario Base de Cotización y, de ser el caso, el saldo restante se te entregue en pagos subsecuentes.
Si eliges que tu primer pago sea igual a 30 días de tu último Salario Base de Cotización, podrás solicitar que el monto pendiente te sea pagado en su totalidad en la segunda mensualidad, sin esperar a que pasen los 6 meses, siempre y cuando ese saldo pendiente sea igual o menor al 20 por ciento del saldo total que tienes derecho a retirar.

Ejemplo 1: Si tienes derecho a retirar 10,000 pesos en total, y el primer pago correspondiente a los 30 días de tu Salario Base de Cotización es de 8,000 pesos, el monto restante serían 2,000 pesos. Como ese saldo es igual al 20 por ciento del total a retirar (10,000 pesos), podrías solicitarle a la AFORE que te sea entregado en la segunda mensualidad.

Ejemplo 2: Si tienes derecho a retirar 10,000 pesos en total, y el primer pago correspondiente a los 30 días de tu Salario Base de Cotización es de 6,000 pesos, el monto restante serían 4,000 pesos. Como ese saldo es mayor al 20 por ciento del total a retirar (10,000 pesos), recibirás el pago de manera fraccionada en las siguientes 5 mensualidades.

Importante:
  • Si tienes derecho al retiro de la opción B, puedes elegir llevar a cabo tu trámite de acuerdo con lo que señala la opción A.
  • Debes acudir a tu AFORE 5 días antes o 5 días después de la fecha en que deba realizarse el pago de la siguiente mensualidad para informar que sigues desempleado y puedas seguir recibiendo los pagos.
Si mi pago es en mensualidades, ¿qué pasa si vuelvo a trabajar cotizando para el IMSS?

La AFORE deberá suspender el pago de las mensualidades pendientes de entregar.

¿Me puedo cambiar de AFORE mientras me están pagando las mensualidades?

El retiro parcial por desempleo en mensualidades no impide que puedas cambiarte de AFORE. No obstante, se suspenderían los pagos restantes y podrías realizar un nuevo retiro por desempleo una vez transcurridos 5 años después del último retiro realizado, de acuerdo con lo que señala la Ley del Seguro Social.
¿Cómo recupero las semanas de cotización que me descuentan por realizar un retiro por desempleo?

Puedes recuperarlas realizando el reintegro de los recursos que retiraste a la subcuenta de RCV, directamente con tu AFORE, ya sea en forma parcial o total. Para realizar el depósito debes solicitar información en tu AFORE, quien te indicará el monto a devolver y el mecanismo para hacer el pago.





Fuente: Consar
http://www.consar.gob.mx/



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